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Estabilidad fiscal: dudan que cumplan con los regímenes

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Tributaristas plantean que es difícil pensar a largo plazo en la Argentina. Conocimiento, Minería, Forestal y Energía Eólicas, con beneficios.

El mero hecho de que existan “regímenes de estabilidad fiscal” implica que las empresas se mueven en una economía donde la tendencia es a que la presión tributaria se incremente. Entonces desde el Estado se apela a garantizar a posibles inversores por un período más o menos amplio que van a quedar al margen de la tendencia. Tal es el caso del reciente proyecto de ley de promoción de la Economía del Conocimiento. El tributarista Sebastián Dominguez, socio de SDC Asesores Tributarios, afirma que “lo mejor sería que en se piense en bajar los impuestos”. Por su lado, Ezequiel Passarelli, socio de SCI, dijo que ese tipo de regímenes “solo son aprovechados bien por empresas grandes, pero no llegan bien a las pymes”.

El viernes pasado fue enviado al Congreso el proyecto que reemplazará a la Ley de Promoción del Software. La iniciativa promete a las empresas que deseen iniciar actividades en la Argentina que por una década no le van a tocar la carga tributaria total, a nivel nacional y de provincias y municipios, si estos adhieren a régimen. Esta no es la única actividad con estabilidad.

La minería fue precursora. En 1992 se sancionó la Ley de Inversiones Mineras N° 24.196. Se promete a las empresas no incrementar los impuestos por 30 años. Fue modificada en 2001 y reglamentada en varias oportunidades. Es la que mayor aplicación tuvo y en la que también hubo conflictos. En 2016 el Gobierno había eliminado las retenciones a las exportaciones de este sector, y luego en septiembre tuvieron que volver a implantarlas cuando el ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, las hizo extensivas a todos los sectores de la economía.

La actividad forestal tiene la Ley N° 24.857 (1997) que consagra estabilidad fiscal por 33 años para inversiones en bosques nativos. En Energí­a Eólica y Sola la Ley N° 25.019 (1998) dispone que gozarán de estabilidad fiscal por 15 años.

Aún así, Domínguez considera que “en la Argentina es difícil pensar en estabilidad fiscal” . En el caso de la Economía del Conocimiento, será por 10 años, de 2020 a 2029. “El tema es que sin reglas de juego claras resulta difícil que se realicen inversiones y que se desarrollen las actividades”, explicó.

La inestabilidad fiscal en el país tiene como reciente antecedente la ley de blanqueo de 2016, que prometía a los que exteriorizaron propiedades que no tenían declaradas iban a pagar una alícuota del 0,25% del Impuesto a los Bienes Personales, y luego las llevaron a entre un 0,50% y un 0,75%. También se había prometido un cronograma para reducción de retenciones al campo que quedó suspendido por la emergencia económica que son cambios de reglas de juego. “Y si no se garantiza la estabilidad fiscal, y se cambian las reglas de juego, es muy difícil que las empresas se quieran instalar”, opinó Domínguez

En el caso de la promoción del Conocimiento, varias provincias, con mayor o menor alcance como Buenos Aires, Chaco, Corrientes, Jujuy, Mendoza y Misiones, entre otras, se adhirieron al Régimen de Promoción de Industria del Software, motivo por lo cual también deberían adherirse al nuevo régimen.

Domínguez consideró que hay provincias que pueden dudar de adherirse al régimen y otorgar esa estabilidad, pero aclaró que “las que lo hagan es probable que se puedan convertir en un polo de atracción de las inversiones”.

En ese sentido, Passarelli recordó que “la ley de fomento a las pymes prometía estabilidad fiscal hasta el 31 de diciembre de 2018, pero como las provincias no adhirieron subieron Ingresos Brutos”. “Es como si dijeran que no te van a incrementar los impuestos salvo Ingresos Brutos, que es el que realmente importa, entonces no sirve”, añadió.

Se considera que las empresas que queden bajo el paraguas de la estabilidad fiscal no pueden ser alcanzadas por la creación de nuevos tributos, por el aumento en las alí­cuotas y por cambios en los mecanismos para la determinación de la base imponible.

Fuente: Ámbito

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