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Nuevo régimen de regalías prioriza obras en los departamentos mineros

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Se mantiene el porcentaje del 25% de regalías mineras para el departamento que es dueño del yacimiento o un 35% si está en dos. Un 5% es para el que contribuya con recursos hídricos.

Mañana, el Gobierno enviará a la Legislatura un proyecto de ley que contempla un nuevo régimen de distribución de regalías mineras que busca ahora ejecutar obras de envergadura en los departamentos dueños de los yacimientos y en la zona de influencia. Se propone que en el presupuesto que elabora la Provincia y que envía a la Legislatura el 30 de noviembre de cada año se genere una partida que se denominará “regalías mineras” y a la vez un conjunto de proyectos que podrían ejecutarse con esos recursos en el o los departamentos donde se encuentre situado el yacimiento minero o su zona de influencia. Esos proyectos deberán ser aprobados por la Legislatura y serán ejecutados por la Provincia.

Según el anteproyecto, se mantiene la participación del 25% del ingreso por regalías para el departamento dueño del yacimiento. Esa participación será de un 35% si el yacimiento está ubicado entre dos departamentos (17,5 % para cada uno) y contempla un 5% para el departamento que colabora con los recursos hídricos. Tras esa distribución, un 65% o 70 % de los recursos quedará para la Provincia y ya no se distribuirán en el resto de los municipios como lo establecía la reglamentación de la ley 5.128, que participaba un 25% al resto de los municipios.

Según el nuevo proyecto, ya no se podrán financiar actividades de capacitación. Solo se podrán destinar las regalías para la producción y para obras públicas.

El análisis del Gobierno es que el reparto por municipios no fue “rendidor” y menos ahora que cayeron los ingresos por Bajo La Alumbrera. Así, por ejemplo, Hualfín (Belén), que es un municipio cercano al yacimiento, recibió $ 1.332.000 por regalías durante todo el año pasado, cifra que no le permite encarar obras de infraestructura. En cambio, todo el departamento Belén tuvo ingresos por $ 10.251.000 en todo el año, lo que permite encarar otro tipo de inversión.

A fines de abril, el Gobierno emitió el decreto Nº 672 por el que derogó la ley Nº 5.128 de Regalías Mineras, que había entrado en vigencia en octubre de 2004 y que siempre estuvo en medio de la polémica por el destino que los intendentes dieron a los recursos.

A partir de la Emergencia por COVID-19 y de una reunión con los intendentes, se acordó que los jefes comunales cedían el 40% del Fondo de Desarrollo Municipal y las regalías mineras para que sean administrados por la Provincia. A cambio, el Gobierno garantizaba el pago de los sueldos a los intendentes. Sin embargo, la derogación del régimen de regalías fue cuestionada por el intendente de Andalgalá, Eduardo Córdoba, y por el Concejo Deliberante de Andalgalá, que anticipó que podría recurrir a la Justicia.

A partir de esa rebelión se genera otro proyecto de ley que se enviará a la Legislatura. Mientras tanto, y si la Legislatura no aprueba este nuevo proyecto, seguirá vigente el decreto Nº 672 que no contempla la participación de regalías a los departamentos dueños de los yacimientos.

En los fundamentos de la iniciativa aclara que el “Departamento no es un orden de gobierno y administración -como los son las Provincias y las Municipalidades y por lo tanto no es sujeto de derecho”. En este sentido señala que “el Poder Ejecutivo Provincial es el orden y la función de gobierno al que el sistema institucional ha atribuido la misión de disponer la correcta asignación de los fondos públicos para el funcionamiento de la administración y el gobierno del Estado, conforme lo dispuesto por los Artículos 149 y 171 y de la Constitución Nacional”.

Más adelante señala que para garantizar una adecuada inversión de los recursos se estima conveniente que la “Ley de Presupuesto General de Cálculo de Gastos y Recursos del Sector Público Provincial sea el mecanismo de asignación y aplicación efectiva de dicha participación a los territorios departamentales o su zona de influencia, definiéndose en ella los proyectos de inversión o desarrollo productivo que se pretendan financiar con la partida de “Regalías Mineras”.

Diferencias
El proyecto que se enviará a la Legislatura, en comparación con la ley 5.128 (2004), mantiene la participación para los departamentos dueños de los yacimientos. Pero ya no se distribuirán los recursos a los municipios.
Según la propuesta, un 65% de los ingresos por regalías serán para el Tesoro Provincial. Según la ley ya derogada, un 5% era para un Fondo de Promoción de Desarrollo Minero, un 25% se distribuía en el resto de los municipios y el 30% restante se asignaba al presupuesto para cubrir necesidades básicas insatisfechas.
Otra diferencia es el destino de los fondos, ya que las regalías no se podrán destinar a actividades de capacitación sino para producción y obras públicas.

Fuente: El Ancasti

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